Supuestos para rescatar mi plan de pensiones en 2025

Muy probablemente ya habrás leído que a partir del 1 de enero de 2025 podrás rescatar tu plan de pensiones, por lo que no necesitarás esperar hasta tu jubilación para tocar un dinero que ahora te vendrá muy bien. Pero antes de hacer cualquier movimiento debes de hacer un pensamiento informado, que diría Brian Tracy.

Los supuestos

A partir del 1 de enero de 2025, 7 serán los supuestos por los cuales podrás echar mano de un plan de pensiones que en su día firmaste para salvaguardar tu bienestar en tu jubilación.

  • La jubilación, bien en edad ordinaria, anticipada o posteriormente. No cambia nada respecto a cómo estaba estipulado hasta ahora.
  • Sufrir una invalidez. Puede ser una invalidez que te inhabilite para tu profesión habitual, pero que te permita hacer otra (invalidez total y permanente para la profesión habitual). También puede ser una invalidez para cualquier profesión (invalidez absoluta) o la llamada gran invalidez, por la que necesitas de la asistencia de otra persona para los actos esenciales de la vida.
  • Sufrir una dependencia severa o gran dependencia.
  • Fallecimiento, lo que llevaría a generar el derecho de prestaciones de viudedad, orfandad y a favor de otros herederos o personas designadas.
  • Desempleo de larga duración. En caso de que te encuentres en situación de desempleo puedes rescatar tu plan de pensiones, siempre y cuando se te hayan agotado todas las prestaciones a las que tengas derecho por desempleo.
  • Supuestos de enfermedad grave: en caso de dolencias o lesiones que te incapaciten temporalmente para la actividad habitual o que te limiten parcial o totalmente.
  • Plazo de 10 años. Desde el 1 de enero de 2025, cualquier plan de pensiones que tenga una duración de al menos 10 años podrá ser rescatado total o parcialmente sin penalización.

Así lo estipula el artículo 9 del Real Decreto 62/2018 que modificó el Reglamento de los Planes de Pensiones: “Los partícipes de los planes de pensiones del sistema individual y asociado podrán disponer anticipadamente del importe, total o parcial, de sus derechos consolidades correspondiente a aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad”. Por lo tanto, a partir de enero del 2025 se puede rescatar cualquier plan de pensiones con 4 condiciones:

  • Tiene que ser un plan de pensiones anterior al año 2015
  • El rescate puede ser parcial o total
  • No hay un límite ni mínimo ni máximo de rescate
  • Sirve también para planes de empresa

 

Cuidado con la fiscalidad

Pero antes de recatar cualquier plan de pensiones hay que solicitar asesoramiento profesional para tener en cuenta la fiscalidad. Los planes de pensiones tributan como rendimiento del trabajo, lo cual conlleva que el partícipe tendrá que tributar por todo el dinero que rescate, con independencia del beneficio que haya obtenido y de las aportaciones realizadas.

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